PRORROGA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL INCISO PRIMERO DEL ART. 35 Y ARTS. 36, 40 Y 41 DE LA LEY 19.210. LEY DE INCLUSION FINANCIERA




Promulgación: 03/01/2017
Publicación: 17/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 1° de julio de 2017 la entrada en vigencia de lo previsto en los incisos primero y último del artículo 35 y en los artículos 36, 40 y 41 de la Ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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