APROBACION DE NORMAS DE CONVERGENCIA CON LOS ESTANDARES INTERNACIONALES EN TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL, PREVENCION Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO




Promulgación: 05/01/2017
Publicación: 30/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 77/017 de 27/03/2017.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II

       IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL Y DE LOS TITULARES DE
                       PARTICIPACIONES NOMINATIVAS

Artículo 42

   (Plazos y condiciones para el registro de la información).- Sin perjuicio de la vigencia para las obligaciones dispuestas por los artículos 23 y 24, el Poder Ejecutivo establecerá los plazos, formas y condiciones en los que las entidades a que refiere la presente ley deberán dar cumplimiento a sus obligaciones respectivas. A tales efectos, podrá establecer un cronograma de incorporación de la información al registro, incluida la referida en el artículo 25, según la naturaleza de las entidades y que no podrá exceder los siguientes plazos:

   -    Entidades obligadas a informar por la Ley N° 18.930, de 17 de
        julio de 2012: 30 de setiembre de 2017.

   -    Entidades emisoras de acciones nominativas, sociedades personales
        y demás entidades: 30 de junio de 2018.


(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 19.631 de 22/06/2018 artículo 7.
Reglamentado por: Decreto Nº 166/017 de 26/06/2017.
Referencias al artículo
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