ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL CINCUENTA ANIVERSARIO DEL CONGRESO DE UNIFICACION SINDICAL




Promulgación: 16/06/2017
Publicación: 27/06/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas del cincuenta aniversario del Congreso de Unificación Sindical hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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