(Transformación).- Facúltase a la Fiscalía General de la Nación la transformación de una Fiscalía Letrada Nacional en una Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad.
(Competencia).- La Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa
Humanidad conocerá exclusivamente en todas las causas penales referidas a las violaciones de Derechos Humanos ocurridas durante el período definido en la Ley N° 18.596, de 18 de setiembre de 2009, que estén en trámite o que se inicien en los juzgados de todo el territorio nacional.
(Remisión).- A partir de la efectiva transformación de la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, todas las causas enunciadas en el artículo anterior le deberán ser remitidas en el estado que se encuentren.