LEY DE VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES BASADA EN GENERO. MODIFICACION A DISPOSICIONES DEL CODIGO CIVIL Y CODIGO PENAL. DEROGACION DE LOS ARTS. 24 A 29 DE LA LEY 17.514
VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES BASADA EN GÉNERO CAPÍTULO VII - DISPOSICIONES FINALES
Artículo 97
Los procedimientos administrativos y judiciales previstos en esta ley así como en la Ley N° 17.514, de 2 de julio de 2002, son exonerados de todo tributo nacional o departamental.