El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 317/018 de 08/10/2018.
Artículo 2
Créase en el ámbito del Ministerio de Industria, Energía y Minería, el registro de personas físicas y jurídicas beneficiarias del régimen previsto en el artículo 1° de la presente ley.
Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, tributarias, penales o por infracciones aduaneras que pudieran corresponder, el Ministerio de Industria, Energía y Minería podrá suspender a un beneficiario del referido registro, o darle de baja de forma permanente, ante el incumplimiento de obligaciones sustanciales impuestas como condición del otorgamiento del beneficio.