ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA ARMADA NACIONAL




Promulgación: 16/03/2018
Publicación: 04/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas del Bicentenario de la fundación de la Armada Nacional, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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