MODIFICACION DEL ART. 5° DE LA LEY 18.057, RELATIVA AL REGIMEN DE CONTRATACION DE LOS MOZOS DE CORDEL




Promulgación: 20/07/2018
Publicación: 07/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Se exceptúa del pago de la tasa que grava al transporte marítimo y fluvial de pasajeros establecida en el artículo 1° de la Ley N° 18.057, de 20 de noviembre de 2006, a los servicios que operen en los Puertos de Carmelo y Nueva Palmira, administrados por la Dirección Nacional de Hidrografía.
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