AMPLIACION DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FANAPEL S.A.. LIDERLIV S.A.. COMITAL URUGUAY S.A.




Promulgación: 04/10/2018
Publicación: 16/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   La ampliación del plazo de la prestación por desempleo que se otorgue en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a quienes aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 6° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008).

   La referida ampliación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio, en todos los casos.
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