El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO II - DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA
CAPÍTULO II - SISTEMA ESCALAFONARIO
Artículo 46
(Definición de funciones).- Se entiende por funciones a los efectos del presente Estatuto el conjunto de tareas asignables a los cargos.
A un mismo cargo se le podrán asignar diferentes funciones de similar nivel relacionadas con su especialidad.
La Fiscalía General de la Nación asignará las funciones a cada cargo respetando la correspondencia de nivel entre la función y el cargo.