El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO II - DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA
CAPÍTULO V - TIPOS DE FUNCIONES
Artículo 58
(Suscripción de un compromiso de gestión).- La persona seleccionada para desempeñar una función gerencial deberá suscribir un compromiso de gestión definido por el jerarca, independientemente de su proyecto presentado, a desarrollar en la unidad correspondiente, en atención a las pautas, políticas y estrategias definidas y alineado al Plan Estratégico del organismo.
Las funciones gerenciales serán evaluadas considerando el desempeño de la persona contratada conforme al sistema de evaluación adoptado por el organismo y al cumplimiento de los compromisos de gestión pautados. La permanencia en la función estará sujeta a su evaluación favorable.
La evaluación negativa en el desempeño de las funciones gerenciales determinará la rescisión del contrato.
El funcionario de carrera que resulte evaluado negativamente volverá a desempeñar tareas correspondientes a su cargo reservado.