El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO III - DE LOS FUNCIONARIOS CONTRATADOS
Artículo 78
(Régimen general).- El personal contratado por la Fiscalía General de la Nación será la excepción al personal presupuestado y la solicitud de contratación deberá estar debidamente fundamentada por el Jerarca del organismo y autorizada por la Oficina Nacional del Servicio Civil.