El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO I - DE LOS FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS Y CONTRATADOS CAPÍTULO II - CONDICIONES DE TRABAJO, DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES, PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES
Artículo 9
(Trabajo nocturno).- En aquellos casos en que algún funcionario de la institución deba realizar sus tareas en horas de la noche se aplicará la normativa general que regula el trabajo nocturno.