APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2017




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 25/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 29 - ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 281

   Créase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", la Unidad "Educación, prevención y diagnóstico de salud escolar", la que será responsable del cumplimiento de los objetivos y la administración de los recursos asignados a los siguientes programas:

   1)   Programa de Salud Bucal creado por el artículo 212 de la Ley N°
        18.996, de 7 de noviembre de 2012.

   2)   Programa Nacional de Salud Auditiva Escolar.

   3)   Programa Nacional de Salud Visual Escolar.

   Deróganse los artículos 208 a 214 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 (vigencia) y 284.
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