APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2017




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 25/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 73

   Asígnase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y represión del delito", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida de $ 220.000.000 (doscientos veinte millones de pesos uruguayos) incluido aguinaldo y cargas legales, con destino al pago de la compensación por nocturnidad, establecida en la Ley N° 19.313, de 13 de febrero de 2015, a funcionarios de los escalafones L "Personal Policial", y S "Personal Penitenciario", en las condiciones que establezca la reglamentación.

   Facúltase al Ministerio del Interior a redistribuir la referida partida entre sus unidades ejecutoras y sus correspondientes programas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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