El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO III - DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES EN MATERIA DE APÁTRIDAS, SUS FUNCIONES Y COMETIDOS CAPÍTULO III - DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DE LA COMISIÓN DE REFUGIADOS EN CUANTO A SU COMPETENCIA EN MATERIA DE PERSONAS APÁTRIDAS
Artículo 24
(Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados).- La Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados, artículo 30 de la Ley N° 18.076, de 19 de diciembre de 2006, asistirá a la Comisión en lo relativo a la instrucción de los expedientes en que ésta deba conocer y demás funciones asignadas por la Ley N° 18.076, de 19 de diciembre de 2006 y la presente ley.