Reglamentada por: Decreto Nº 161/019 de 20/05/2019.
TÍTULO V - REGISTRO DE HISTORIA LABORAL
(Intercambio de información).- El Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, deberá suscribir convenios para el intercambio de información con los distintos institutos de seguridad social. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 81 (vigencia).