El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 157/022 de 23/05/2022.
SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA DE ESTADO TÍTULO II CAPÍTULO II - DE LA SECRETARÍA DE INTELIGENCIA ESTRATÉGICA DE ESTADO
CREACIÓN Y FUNCIONES
Artículo 10
(Creación).- Créase la Secretaría de Inteligencia Estratégica de Estado (SIEE) como órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo, actuando el Presidente de la República en acuerdo con los Ministros del Interior, Defensa Nacional, Relaciones Exteriores y Economía y Finanzas.
Su misión será producir Inteligencia Estratégica de Estado para asesorarlo, a fin de apoyar la toma de decisiones estratégicas orientadas a la consecución de los objetivos nacionales.
El titular de la SIEE será el Director de la Secretaría de Inteligencia Estratégica de Estado, quien será subrogado por el Subdirector, en los términos previstos en el artículo 12 de esta ley.
La SIEE se comunicará directamente con los restantes organismos del Estado. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 119.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.696 de 29/10/2018 artículo 10.