El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 157/022 de 23/05/2022.
SISTEMA NACIONAL DE INTELIGENCIA DE ESTADO TÍTULO VI - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 39
(Solicitud de venia. Plazo).- El Poder Ejecutivo dispondrá de un plazo de ciento veinte días para solicitar a la Cámara de Senadores la venia prevista en el artículo 12 de la presente ley.