La Comisión Honoraria estará compuesta por trece miembros e igual número de suplentes.
Siete delegados serán designados por cada uno de los siguientes organismos:
A) Un delegado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP)
quien la presidirá.
B) Un delegado del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente (MVOTMA).
C) Un delegado en representación de los Ministerios de Salud Pública
(MSP) y de Desarrollo Social (MIDES).
D) Un delegado en representación de la Universidad de la República
(UDELAR), del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA)
y de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII).
E) Un delegado en representación de la Universidad Tecnológica (UTEC) y
de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).
F) Un delegado de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP).
G) Un delegado del Congreso de Intendentes.
Los seis delegados restantes y sus suplentes serán designados por el Poder Ejecutivo a propuesta de las organizaciones de la sociedad civil con reconocido trabajo en áreas vinculadas a la temática. Durarán cuatro años en sus funciones, efectuándose renovaciones parciales cada dos años y pudiendo ser reelectos.
La Presidencia será quien efectúe las convocatorias correspondientes, coordine las actividades de la Comisión Honoraria y brinde el personal técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de sus tareas.