REGULACION DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ESPACIO COSTERO DEL OCEANO ATLANTICO Y DEL RIO DE LA PLATA




Promulgación: 17/07/2019
Publicación: 20/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

                                TÍTULO II
       LINEAMIENTOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ESPACIO COSTERO

Artículo 9

   (Infraestructura vial y acceso vehicular).- Los instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, definidos en la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, que refieran al espacio costero, así como nuevas urbanizaciones y proyectos, planes y programas de grandes infraestructuras y equipamientos, en el espacio costero, propenderán a alejar de la costa el flujo intenso de vehículos, a través de los siguientes lineamientos:

   A)   Rutas nacionales. Las rutas nacionales se construirán, sin
        afectar los ecosistemas costeros vulnerables, acorde al flujo
        vehicular y a las zonas urbanas o urbanizables, previa evaluación
        de impacto ambiental.

   B)   Acceso a balnearios. Se promoverán vías de accesos desde las
        rutas nacionales hacia los balnearios y zonas urbanizadas y
        urbanizables.

   C)   Paseos costeros. Los trazados viales vehiculares cercanos y
        paralelos a la ribera tenderán a transformarse en paseos costeros
        marítimos peatonales o vehiculares de baja velocidad.
Ayuda