MODIFICACION DE LA LEY ORGANICA DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 26/07/2019
Publicación: 05/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO VI - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 166

   Se aplicará al Personal Militar del Ministerio de Defensa Nacional, no incluido en el artículo 29, las disposiciones del Título IV "Estatuto del Personal Militar" Capítulos I, II (Sección 3), III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, hasta la promulgación de la Ley Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional, en lo que fuere pertinente.
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