TÍTULO IV - ESTATUTO DEL PERSONAL MILITAR
CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ESCALAFONARIA Y GRADOS SECCIÓN 1 - PERSONAL SUPERIOR
Artículo 36
(Cuerpo Apoyo y Complemento).- El Cuerpo Apoyo y Complemento está conformado por los técnicos y profesionales que posean título universitario expedido, reconocido o revalidado por la Universidad de la República, o título registrado en el Ministerio de Educación y Cultura, o expedido por Instituciones Públicas o Privadas habilitadas, y hayan aprobado el correspondiente Curso de Oficial del Cuerpo Apoyo y Complemento.
Integrarán también este Cuerpo, los Oficiales de la Reserva que sean incorporados luego de haber obtenido el grado correspondiente.