El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
DECLARACIÓN DE ORDEN PÚBLICO CAPÍTULO I - DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PASIVA Y ACTIVA PARA LOS VEHICULOS
Artículo 5
Los elementos de seguridad exigidos en la presente ley, deben cumplir con las reglamentaciones armonizadas por Naciones Unidas u otra norma técnica internacional reconocida, cuando corresponda, de acuerdo a lo que fije la reglamentación respectiva.