El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
DECLARACIÓN DE ORDEN PÚBLICO CAPÍTULO V - MODIFICACIONES LEGALES
Artículo 54
Las normas de tránsito vigentes en el territorio de cada departamento o en rutas nacionales, podrán contener disposiciones complementarias o no previstas en la presente ley, siempre que no sean contradictorias con esta, de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico en base a las normas constitucionales existentes.