El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO V - CATEGORÍAS Y SITUACIONES FUNCIONALES
Artículo 17
El Poder Ejecutivo podrá, con carácter transitorio y al solo efecto protocolar, cuando las necesidades del servicio lo requieran, asignar al personal del escalafón M - Personal del Servicio Exterior la categoría inmediata superior a la del cargo que posea, sin que implique variación en las remuneraciones.