El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
A tales efectos se dispone la transferencia de la suma de $ 290.000.000 (doscientos noventa millones de pesos uruguayos) del Fondo de Reconversión Laboral que administra el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional con destino al Fondo Solidario COVID-19 creado por la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, y que será destinada exclusivamente para el pago del subsidio que se crea mediante la presente ley, encomendando a la Agencia Nacional de Desarrollo la ejecución e instrumentación del presente subsidio en coordinación con el Banco de Previsión Social.