SUSPENSION DEL PLAZO PARA EL CUMPLIMENTO DE LA OBLIGACION DE INFORMAR Y COMUNICAR AL REGISTRO A CARGO DEL BCU, DE TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES Y BENEFICIARIOS FINALES
Autorízase al Poder Ejecutivo a prorrogar la suspensión del cómputo de los plazos mencionados en el artículo precedente, en tanto persista el estado de emergencia nacional sanitaria declarado por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020.