Ley N° 19889
APROBACION DE LA LEY DE URGENTE CONSIDERACION. LUC. LEY DE URGENCIA
Promulgación: 09/07/2020
Publicación: 14/07/2020
- El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN I - SEGURIDAD PÚBLICA
CAPÍTULO I - NORMAS PENALES
Artículo 8
(Abuso sexual especialmente agravado).-
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Código Penal de 04/12/1933 artículo
272 - TER.
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