PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2020-2024




Promulgación: 18/12/2020
Publicación: 30/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 200

   En el marco de la reformulación de las estructuras organizativas que los Incisos de la Administración Central deberán presentar al Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 8° de la presente ley, el Inciso 04 "Ministerio del Interior" podrá contratar:

A) Hasta setecientos cincuenta cargos de Guardia Republicana, en la
   Unidad Ejecutora 033 "Guardia Republicana", programa 460 "Prevención y
   Represión del Delito", grado 1, escalafón L "Personal Policial",
   subescalafón ejecutivo.

B) Hasta quinientos cargos de Agente, en la Unidad Ejecutora 026
   "Instituto Nacional de Rehabilitación", programa 461 "Gestión de la
   Privación de Libertad", grado 1, escalafón L "Personal Policial",
   subescalafón ejecutivo.

C) Hasta setecientos cincuenta cargos de Agente, en la Unidad Ejecutora
   001 "Secretaría del Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención
   y Represión del Delito", grado 1, escalafón L "Personal Policial",
   subescalafón ejecutivo.

   Se podrá disponer de hasta el 100% (cien por ciento) de las economías generadas por la citada reestructura a fin de financiar la creación de cargos dispuesta por los literales precedentes. Si las mismas no fueran suficientes para proveer los cargos necesarios y en la medida que se cumplan las proyecciones de evolución de las variables macroeconómicas dentro del marco de lo establecido en el artículo 208 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, la Contaduría General de la Nación asignará los créditos necesarios para la provisión gradual de los cargos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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