SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Artículo 226
Asígnase en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", Unidad Ejecutora 009 "Dirección Nacional de Catastro", programa 421 "Sistema de información territorial", en la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial", una partida por única vez de $ 13.732.000 (trece millones setecientos treinta y dos mil pesos uruguayos), de acuerdo al siguiente detalle:
Proyecto
Objeto del Gasto
Importe $
000
299.000
3.000.000
721
799.000
5.477.207
972
799.000
3.300.963
973
799.000
1.953.830
Lo dispuesto precedentemente se financiará con el remanente del
producido de las enajenaciones de inmuebles y fracciones comprendidas en los artículos 34 y 35 de la Ley N° 16.002, de 25 de noviembre de 1988, en la redacción dada por el artículo 245 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, y el artículo 158 de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, las que quedarán exceptuadas de lo dispuesto por el artículo 119 de la Ley N° 18.046, de 24 de octubre de 2006. (*)
(*)Notas:
Inciso final redacción dada por: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 124.
Ver vigencia: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo:3 (vigencia).
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 226.