SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 36 - MINISTERIO DE AMBIENTE
Artículo 519
Establécese un nuevo plazo de seis meses contados a partir de la vigencia de la presente ley, a los efectos de lo previsto en el inciso segundo del artículo 27, en el artículo 32, y en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley N° 19.829, de 18 de setiembre de 2019.