SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 34 - JUNTA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA PÚBLICA
Artículo 615
Créase en el Inciso 34 "Junta de Transparencia y Ética Pública" un cargo Administrativo C13.
Reasígnase de la partida dispuesta por el artículo 233 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017, y el artículo 317 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018, la suma de $ 1.180.725 (un millón ciento ochenta mil setecientos veinticinco pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, a efectos de su financiamiento.
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales que correspondan a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo.