CREACION DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES PARA EL URUGUAY




Promulgación: 18/12/2020
Publicación: 31/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Los Aeropuertos cumplirán al menos, los requisitos para operación de aeronaves críticas entre AD 2B y AD 3B (Anexo 14 de la Organización de Aviación Civil Internacional), sin perjuicio de las exigencias particulares del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso" (SUMU) y del Aeropuerto Internacional de Laguna del Sauce "C/C Carlos Curbelo" (SULS). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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