El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 1
Dispónese que en aquellos sectores de la actividad privada en los que, por razones fundadas, así lo autorice el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se podrá postergar -en todo o en parte- el goce de la licencia anual generada por los trabajadores durante el año 2019, hasta el mes de diciembre de 2021.