El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
A los efectos de la presente ley, será de aplicación lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.936, de 22 de diciembre de 2020, en cuanto a la generación del derecho a la licencia anual remunerada durante el período que el trabajador perciba el subsidio especial por desempleo al amparo de las Resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N° 143/020, N° 163/020, modificativas, concordantes, y prórrogas correspondientes.