El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 1
(Creación).- Créase una persona jurídica de derecho público no estatal bajo la denominación de "Central Hortícola del Norte" (CHN). En sus relaciones institucionales se comunicará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Estará exenta de todo tributo de carácter nacional, excepto las contribuciones a la seguridad social.
LACALLE POU LUIS - FERNANDO MATTOS - AZUCENA ARBELECHE