El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 9
(De la Comisión Consultiva Honoraria).- La Comisión Consultiva Honoraria se integrará por dos representantes de cada Gobierno Departamental de la región. La Junta Directiva convocará a todas las Intendencias vinculadas a las actividades de la Central Hortícola del Norte (CHN), que estén debidamente acreditadas ante ella, a integrarse a la Comisión Consultiva Honoraria.
El Presidente de la Junta Directiva de la CHN pondrá en conocimiento de la Comisión Consultiva Honoraria el proyecto en ejecución, los planes de desarrollo y todos aquellos temas de carácter social, económico y productivo de interés para los participantes de dicha Comisión. La Comisión Consultiva Honoraria aprobará su reglamento de funcionamiento, a propuesta de la Junta Directiva de la CHN.
La Comisión Consultiva Honoraria podrá formular recomendaciones no vinculantes por mayoría de votos presentes.