DETERMINACION PARA LA UTILIZACION DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION EN LAS ASAMBLEAS DE COPROPIETARIOS DE INMUEBLES DE PROPIEDAD HORIZONTAL




Promulgación: 20/07/2022
Publicación: 29/07/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   (Sede o lugar de celebración de asambleas).- El asiento de las asambleas virtuales o mixtas, será fijado a todos sus efectos en el domicilio real del edificio o complejo habitacional de que se trate.
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