Incorporación de los organismos comprendidos. La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá fijar un cronograma de incorporación de los Incisos y organismos comprendidos, el que deberá completarse dentro de los ciento veinte días de la promulgación de la presente ley. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 224/023 de 21/07/2023.