OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA CONTRIBUYENTES Y POBLACION EN GENERAL, AFECTADOS POR EL EVENTO CLIMATICO OCURRIDO EN LA CIUDAD DE PAYSANDU




Promulgación: 21/10/2022
Publicación: 31/10/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Exonérase a los contribuyentes con domicilio fiscal en la ciudad de Paysandú, departamento de Paysandú, del pago de la prestación tributaria unificada Monotributo, establecida por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, y de la prestación tributaria unificada Monotributo Social MIDES, dispuesta en la Ley N° 18.874, de 23 de diciembre de 2011, con excepción de los aportes al Fondo Nacional de Salud (FONASA), correspondientes al mes de julio de 2022 hasta las obligaciones devengadas en el mes de octubre de 2022, inclusive.

   La exoneración dispuesta en el inciso precedente podrá extenderse como máximo a las obligaciones devengadas hasta diciembre de 2022, inclusive, siempre que los contribuyentes de la prestación tributaria unificada Monotributo dispuesta por los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, no desarrollen actividades debido al evento climático ocurrido el día 12 de julio de 2022.
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