El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 374/022 de 23/11/2022.
Artículo 2
Las erogaciones derivadas de la aplicación de la presente ley serán atendidas con cargo a la partida dispuesta por el artículo 41 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005, hasta por un monto de $ 187.500.000 (ciento ochenta y siete millones quinientos mil pesos uruguayos).
El complemento será atendido con cargo a los fondos remanentes del Programa de Oportunidad Laboral, sin perjuicio de los recursos que los Gobiernos Departamentales asignen en proporción a los jornales activos empleados en cada caso.