El Instituto Nacional de Colonización creado por la Ley N° 11.029, de 12 de enero de 1948, tendrá su domicilio legal y principal asiento en cualquier punto del territorio nacional.
El directorio del ente autónomo por mayoría especial de cuatro votos determinará cuál es la ubicación adecuada para su instalación, atendiendo primordialmente el criterio de mayor cercanía con las colonias y sus administrados.
LACALLE POU LUIS - FERNANDO MATTOS - LUIS ALBERTO HEBER - AZUCENA ARBELECHE - PABLO DA SILVEIRA - JOSÉ LUIS FALERO - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS