EXONERACIONES TRIBUTARIAS DE CONTRIBUYENTES DEL IRAE Y DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO, A LAS EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS. 1° DE OCTUBRE DE 2022. 30 DE JUNIO DE 2023
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar los beneficios dispuestos en la presente ley, así como a prorrogarlos por única vez por hasta un plazo máximo de ciento ochenta días.