DECLARACION DEL DERECHO UNIVERSAL SOBRE LOS CUIDADOS PALIATIVOS




Promulgación: 08/08/2023
Publicación: 14/08/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   (Objeto).- La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho a recibir cuidados paliativos a todas las personas portadoras de enfermedades descritas en el artículo 1°, a sus familiares y cuidadores y padres de niños en etapa prenatal, cuando padecen enfermedades intraútero, abarcando las dimensiones física, psicológica y social, conforme a los deberes de los profesionales de la salud y del sistema sanitario a este respecto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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