AUTORIZACION AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A ESTABLECER REGIMENES ESPECIALES DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO




Promulgación: 11/08/2023
Publicación: 23/08/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Los regímenes especiales que se otorguen, en virtud de las facultades que se conceden en el artículo 1° de la presente ley, alcanzarán a los trabajadores que aún continúen en el goce del subsidio por desempleo o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 6° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008).
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