El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Artículo 313
Créase en la órbita de la unidad ejecutora 025 "Dirección Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" el Registro de Interventores de Entidades sin fines de lucro, a los efectos de ejercer la facultad del Poder Ejecutivo conferida por el artículo 4° del Decreto-Ley N° 15.089, de 12 de diciembre de 1980.
Cométese al Ministerio de Educación y Cultura la formulación del reglamento que regulará el funcionamiento del registro creado, tanto en relación a las calidades requeridas para su inscripción, mecanismo de asignación de intervenciones, régimen retributivo y sancionatorio, que deberá ser elevado al Poder Ejecutivo para su aprobación. Sin perjuicio de otras disposiciones que deberán plasmarse en el reglamento, el mismo deberá contener normas que aseguren el llamado público a interesados a integrarlo, los criterios de evaluación de méritos y de conformación del orden del registro.
Los interventores serán contratados en la forma y condiciones que surjan del Reglamento. En los casos en que la entidad intervenida carezca de los medios suficientes como para hacer frente a los honorarios del interventor, los mismos serán contratados bajo el régimen previsto en el artículo 8° de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021.
A efectos de financiar las contrataciones dispuestas en el inciso anterior, reasígnase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", Financiación 1.1 "Rentas Generales", desde el programa 280 "Bienes y servicios culturales", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", la suma de $ 285.000 (doscientos ochenta y cinco mil pesos uruguayos) del objeto del gasto 031.000 "Retribuciones Zafrales y Temporales", más aguinaldo y cargas legales, al programa 200 "Asesoramiento, cooperación y representación", unidad ejecutora 025 "Dirección Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales", objeto del gasto 031.012 "Contrato Zafral Art. 8 Ley N° 19.996", más aguinaldo y cargas legales.