El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN II - FUNCIONARIOS NORMAS DE APLICACIÓN
Artículo 44
(Régimen de transición). Los Incisos y unidades ejecutoras deberán tener aprobadas las reestructuras previstas en el artículo 8° de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, en la redacción dada por el artículo 7° de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, previo a la implantación del nuevo sistema escalafonario y de carrera previsto en la presente ley.
En cada Inciso y unidad ejecutora, hasta que no sea implantado el nuevo sistema escalafonario y de carrera, los funcionarios públicos del Poder Ejecutivo continuarán rigiéndose por las normas vigentes del sistema previsto en la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986.