El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN II - FUNCIONARIOS NORMAS DE APLICACIÓN
Artículo 45
En las reestructuras de puestos de trabajo que se realicen con los escalafones y grados previstos en las Leyes N° 15.809, de 8 de abril de 1986 y N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, los nuevos cargos tendrán en su denominación la serie a la que pertenecen, que estará asociada a un grupo ocupacional previsto en la nueva carrera administrativa.