El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
SECCIÓN VIII - DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 625
(Excusación) - Los miembros del Consejo Administrador se excusarán de participar de la aprobación del financiamiento por el Fondo Infancia de cualquier plan, acción, proyecto o programa presentado a consideración de este Consejo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 615 de la presente ley, del que pudiere resultar un beneficio de cualquier orden para sí o para un familiar del mismo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o para una entidad en la que sea miembro cualquier familiar suyo hasta los grados referidos, tenga intereses directos en las condiciones que establezca la reglamentación de la presente ley. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 72/024 de 11/03/2024.